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¿Puedo dejar de pagar la Pensión de Alimentos si estoy Desempleado?

¿Puedo dejar de pagar la Pensión de Alimentos si estoy Desempleado?

El impago de la Pensión de Alimentos es considerada un Delito que viene estipulado en el Artículo 227.1 del Código Penal, por lo cual, ante una situación de Desempleo o ERTE por COVID-19 habría que seguir abonándola hasta que un juez dicte una nueva Resolución.

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