Tras cuatro años de negociaciones, el Congreso de los Diputados ha sacado adelante las nuevas recomendaciones del Pacto de Toledo en materia de Pensiones. Estas son las principales medidas, las cuales se han puesto ya en marcha:

 

RETRASO EN LA EDAD DE JUBILACIÓN

La Norma ha retrasado la edad de Jubilación hasta los 67 años en 2027 de forma progresiva, lo que supone que cada año se deberá de tener más años cotizados para poder acceder a la Pensión Completa. De esta manera:

  • En 2021 la edad de Jubilación se retrasa hasta los 66 años para aquellas personas que hayan trabajado menos de 37 años y tres meses.
  • En el caso de la Jubilación a los 65 años se debe haber cotizado 37 años y tres meses o más.
  • En los años sucesivos irá aumentando el Periodo de Cotización en tres meses hasta alcanzar en 2027 el mínimo de 38 años y seis meses para las personas que se jubilen con 65 años.

Así, el cambio en los Parámetros para calcular la cuantía de la Pensión de Jubilación queda de la siguiente manera:

Para calcular la cuantía se tendrá en cuenta lo cotizado durante los últimos 288 meses (24 años), dividido por 336, para determinar la Base Reguladora teniendo en cuenta no solo las 12 pagas ordinarias, sino también las dos pagas extraordinarias que va a recibir el pensionista una vez jubilado.

Se mantiene la regla que establece que a los primeros 15 años cotizados se le aplicará un porcentaje del 50%. Los porcentajes aplicables para los años cotizados posteriores a los 15 primeros también son iguales que en 2020 y que lo que serán en 2022.

En concreto, a cada mes adicional, entre el 1 y los 106, al 50% anterior se le añade un 0,21%, y por cada uno de los 146 meses siguientes se le añade un 0,19%.

Una vez aplicado los Parámetros mencionados, en 2021 son necesarios 36 años cotizados para alcanzar el 100% de la Pensión de Jubilación.

 

¿QUÉ OCURRE CON LAS PREJUBILACIONES?

Con motivo de los ERTES ocasionados por la Covid-19, se ha estimado que las Prejubilaciones aumentarán exponencialmente como medida adoptada por las empresas para reajustar las plantillas.

Es por ello que el Gobierno pretende prohibir la Jubilación forzosa de los empleados de las empresas y en contrapartida se plantea la posibilidad de aumentar un 4% la cuantía de la Jubilación por cada año que se añada a la Vida Laboral por encima de la edad legal de Jubilación.

Por otro lado, respecto a las Jubilaciones Anticipadas Voluntarias tendrá que tener una edad inferior en dos años, como máximo, a la edad exigida aplicable en cada caso. Además, tendrán que encontrarse en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social y acreditar un periodo mínimo de cotización de 35 años.

 

PENSIONES VINCULADAS AL IPC

Se tendrá como referencia el Índice de Precios de Consumo (IPC) para la actualización anual del importe de las Pensiones. Con ello se intenta que no se vea tan afectado el poder adquisitivo de los pensionistas.

Este año los pensionistas no recibirán la famosa paguilla que ingresan en los primeros meses del año cuando la Inflación resulta mayor a la prevista, ya que este año el IPC ha terminado en negativo y las Pensiones Contributivas han aumentado un 0,9%.

Si se desea más información, nos encontramos en el 17 de Doctor Muñoz Seca, en El Puerto de Santa María (Cádiz), y en el 956 54 08 80.

Alicia Cauqui Trujillo